El matrimonio es
un contrato especial del derecho civil, que se realiza entre dos personas de
diferente sexo, y que tiene como finalidad la reproducción de la especie, y la
ayuda mutua de los contrayentes, quienes de manera libre, responsable e
informada pueden planificar el número de hijos que quieran tener.
Con la
celebración de éste acto civil se generan para los esposos derechos y
obligaciones recíprocas:
Tienen en el
hogar la misma autoridad y derechos, y así pueden decidir libremente lo
relativo a la forma y cuidado del hogar, la educación de los hijos, la
administración de los bienes, el desempeñar una actividad lícita.
También
determinar, al momento de contraer el matrimonio, cuál será el régimen patrimonial
que regirá los bienes:
Sociedad Legal
(mancomunidad de bienes, que al terminarse les corresponde un 50% a cada uno de
los consortes tanto de los derechos como de las obligaciones).
Separación de
bienes (cada cónyuge es dueño de los bienes que adquiera a su nombre dentro del
matrimonio, como también de las obligaciones que contraiga durante éste, pero
no basta que en el acta de matrimonio se establezca que lo contraen bajo el
régimen de separación de bienes, sino que es necesario que formulen “capitulaciones”,
que es un convenio donde se establece de qué bienes son propietarios cada uno
de los cónyuges al celebrar su matrimonio, una lista de las deudas y derechos
que cada uno tuviere, y expresamente que los bienes que se adquieran durante el
matrimonio serán de la exclusiva propiedad del cónyuge que los adquiera, y ese
convenio se inscribe en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del
lugar, si hay bienes adquiridos antes de la celebración del matrimonio.
Sociedad
Conyugal, en la que también se realizan las “capitulaciones”, expresando qué
bienes serán de cada consorte, y cuales serán de ambos, cómo se administrarán
esos bienes, detallándolos, expresando su valor y si reportan o nó gravámenes, así
como la lista de deudas que cada esposo tenga, y si la sociedad responderá o nó
de esas deudas, e igualmente se inscribirá en el Registro Público de la
Propiedad y de Comercio.
Es obligación de
ambos cónyuges contribuir cada uno con los fines del matrimonio y ayudarse mutuamente.
Siendo también
obligación el vivir juntos en el domicilio que de común acuerdo decidan, que se
convertirá en el domicilio conyugal, sólo por razones extraordinarias,
principalmente de trabajo, puede un cónyuge estar en otro lugar, en otro Estado
o en otro País, pero cuando esto genera algún problema, es el Juez Familiar el
que decide cómo debe resolverse éste conflicto.
Cuando ambos
tengan las mismas posibilidades económicas deben contribuir económicamente al
sostenimiento del hogar, a la alimentación y educación de los hijos por partes
iguales, sin perjuicio de que se pongan de acuerdo cómo se sostendrá la casa.
El cuidado del
hogar y la atención de los hijos menores se considera como una contribución del
cónyuge para sufragar los gastos del hogar.
Es también una obligación
de los cónyuges el deber de fidelidad y débito conyugal, esto es, la prestación
de relaciones sexuales sólo entre los cónyuges, lo que presupone la
exclusividad del débito conyugal respecto de otro cónyuge, y por lo mismo una
reciprocidad, de tal manera que cuando se incumple con esta obligación, el
adulterio es causal de disolución del vínculo matrimonial.
La asistencia y
alimentos recíprocos, también es una obligación que nace del matrimonio, que se
traduce en conductas de ayuda mutua para solventar todos los problemas que
cotidianamente se les presenten.
El deber de los
alimentos conlleva, nó solo la comida, sino el vestido, el techo, que serán
proporcionados uno al otro o recíprocamente dependiendo de las posibilidades
económicas.
La familia que
surge al contraerse el matrimonio es la célula social que forma toda comunidad
y es la base para el desarrollo integral de la persona. Así la educación de los padres hacia los
hijos resulta fundamental para inculcar y desarrollar en las nuevas generaciones
una educación en valores, como son: el amor, el respeto, la integridad, la
honradez, la responsabilidad, el cuidado de sí mismo, como el del medio
ambiente, para que la sociedad vaya cada día siendo mejor, porque en la medida
de que haya mejores personas habrá mejores ciudadanos, y los grandes problemas
que tiene cualquier sociedad son originados por una deficiente o nula educación
en valores.
Hoy por hoy
podemos afirmar que lo que falla en una sociedad son sus integrantes, no sus
instituciones.
AMPARO VERDUGO PALACIOS
217-3438